El pasado 20 de mayo, la Conselleria de Justicia Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas convocó pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior de gestión de ingeniería técnica informática, A2-02, estableciendo el requisito de estar en posesión de la titulación de Grado, Ingeniería Técnica o Diplomatura en Informática.
El 18 de octubre la administración publicó la lista definitiva de admitidos, excluyendo a 62 ingenieros en informática, el 25% de las personas que se han presentado, por carecer del título técnico o de grado, siendo ambos títulos de inferior cualificación según el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) y del mismo itinerario formativo secuencial, lo que supone que los alumnos que obtienen la ingeniería previamente cursan las mismas asignaturas que los ingenieros técnicos, al ser los tres primeros años comunes.
Según el Estatuto Básico del Empleado Público, norma nacional que regula la contratación de personal en las administraciones públicas, para el acceso al grupo A2 basta con ser Graduado, diplomado o Ingeniero Técnico, entendiéndose que un Licenciado, Ingeniero o Máster de la misma especialidad cumple el requisito de titulación mínima al haber estudiado dos años más que el técnico.
Desde el Colegio Oficial de Ingeniería Informática de la Comunitat Valenciana (COIICV) no se entiende el desconcierto y la inseguridad jurídica que está creando el ejecutivo en la profesión, en una situación que estaba interiorizada y asumida socialmente, máxime cuando otros órganos de la propia Generalitat difieren diametralmente de esta posición y aceptan, incluso indicándolo expresamente en sus convocatorias, que puedan presentarse licenciados o ingenieros en informática a los puestos de grupo A2.
La entidad colegial también lamenta haber tenido que recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la orden de bases de este concurso y dejar en la más absoluta incertidumbre, tanto a los opositores como a los 62 ingenieros excluidos, que tendrán que esperar a que el TSJ resuelva y dicte una sentencia que seguro perjudicará los intereses de algún colectivo.
Y todo esto sucede en un contexto en el que la Generalitat pretende eliminar el requisito de disponer del título de Máster, equivalente a los antiguos Ingenieros, para el acceso a los cuerpos de grupo A1, los de mayor cualificación en la administración, mediante una disposición adicional en la Ley de acompañamiento de los Presupuestos de 2018. Esta medida sería perjudicial para el interés general de la Comunidad Valenciana, pues supondría un menoscabo en la calidad de los servicios informáticos de la Generalitat, que en estos niveles de responsabilidad, debe contar con los profesionales mejor formados, amén de una desprofesionalización de la administración digital de nuestra región y un desprecio a las universidades valencianas, que proveen con gran calidad estos profesionales clave para el futuro de la administración y la sociedad en su conjunto.
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